jueves, 30 de junio de 2016

SUNAT amplía plazo para no sancionar infracciones en libros y registros electrónicos

Se publicó la RSNAO N° 031-2016-SUNAT/600000 que, dispone aplicar la facultad discrecional de no sancionar administrativamente las infracciones tributarias tipificadas en los numerales 2), 5) y 7) del artículo 175°, el numeral 2) del artículo 176° y el numeral 1) del artículo 178° del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por Decreto Supremo N.° 133-2013-EF y normas modificatorias, de acuerdo a los criterios establecidos en el Anexo de la presente Resolución de Superintendencia, y relacionado a:

a. Contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos, cuyas infracciones fueron cometidas o detectadas a partir del 01 de noviembre de 2008, siempre que las mismas sean regularizadas hasta el 30 de setiembre de 2016.
b. Contribuyentes obligados o que voluntariamente lleven sus Libros y/o Registros electrónicos desde el 01 de enero de 2016, siempre que las infracciones cometidas o detectadas sean regularizadas hasta el 31 de diciembre de 2016.

Lo dispuesto será de aplicación, inclusive, a las infracciones cometidas o detectadas a la fecha de entrada en vigencia de la presente resolución de superintendencia respecto de las cuales no se hubiere emitido la resolución de multa o habiéndose emitido esta todavía no se hubiera notificado.


No procederá la devolución ni compensación de los pagos vinculados a las infracciones que son materia de discrecionalidad en la presente resolución de superintendencia, efectuados hasta antes de la vigencia de la misma.

miércoles, 13 de febrero de 2013

OCDE busca fiscalizar a grandes consorcios


Las prácticas fiscales de empresas multinacionales se han vuelto muy agresivas para escapar de la tributación; sólo pagan 5% de impuestos sobre beneficios, cuando empresas más pequeñas tributan 30% de sus ingresos, estimó la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE).

De acuerdo con la OCDE, éste es un fenómeno que pone de relieve graves fallas en las normas fiscales internacionales.

El reporte, titulado “Dirigiendo un cambio de la erosión de la base a los beneficios (Addressing base erosion and profit shifting, en inglés)” expertos de la entidad destacaron la gravedad de estas prácticas “técnicamente lícitas” que están minando la recaudación.

Entre las “prácticas lícitas” que están utilizando las empresas para tributar menos, evidencian “montajes híbridos y operaciones de arbitraje contable”.
Abusiva utilización de convenciones fiscales, desplazamiento de domicilio fiscal a lugares que ofrecen “regímenes dañinos” y aplicación de precios de transferencia a beneficio del empresario.

Durante la presentación en París, el secretario general de la OCDE, José Ángel Gurría, ofreció los servicios de la entidad para desarrollar un plan de acción internacional que promueva mejores prácticas de tributación y que pueda echarse a andar en dos años.

En la misma rueda de prensa, el director de Política Tributaria de la OCDE, Pascal Saint–Amans, explicó que se requiere convocar a una convención internacional que sustituya la serie de tratados bilaterales que existen y datan de 1920, que obviamente quedaron ya rebasados por la globalización.
ASIMETRÍAS

En el reporte evidenciaron la complejidad del problema cuando los contribuyentes no residentes pueden obtener ganancias por operaciones con clientes ubicados en otros países.

De esta misma práctica global, advierten los expertos, se están aprovechando las multinacionales para sacar algún tipo de ventaja de las asimetrías en la fiscalización de sus negocios, en detrimento de la recaudación de sus países de origen.